A casi dos años del atropellamiento en Puerto Vallarta en el que murió el agente de Tránsito Municipal Jonathan Rubén Díaz Rodríguez, continúa la disputa por la cobertura de responsabilidad civil de la póliza del vehículo involucrado.

El 8 de octubre de 2026, el propietario del automóvil y un ajustador de Seguros GNP acudieron al Instituto de Justicia Alternativa (IJA). La reunión terminó sin un acuerdo reparatorio y ambas partes solicitaron una nueva cita para presentar otra propuesta.

Francisco Javier “N”, ajustador de GNP, compareció como imputado por el presunto delito de responsabilidad profesional y técnica. Erik Mike Arellano Haro, propietario de la póliza, acudió como víctima dentro del procedimiento relacionado con la actuación del representante de la aseguradora.

De acuerdo con el señalamiento de Arellano Haro, el ajustador ofreció únicamente reparar el Mazda 3 involucrado en el accidente, sin plantear una solución sobre la cobertura de responsabilidad civil por el fallecimiento del agente vial. El propietario cuestionó que la aseguradora esté dispuesta a cubrir los daños materiales del automóvil, pero mantenga el rechazo a pagar la responsabilidad civil por la muerte ocurrida en el mismo accidente.

El caso se remonta al 27 de octubre de 2024. Ese día, Jonathan Rubén Díaz Rodríguez, de 26 años, fue atropellado mientras realizaba funciones como agente de Tránsito Municipal, después de brindar apoyo en un reporte de balacera en la colonia Guadalupe Victoria.

El vehículo era un Mazda 3 modelo 2008, propiedad de Arellano Haro y conducido por su amigo Néstor Vicente “N”. Según la versión del asegurado, el conductor tenía autorización para utilizar la unidad.

La póliza de cobertura amplia número 598120004 contemplaba un límite de responsabilidad civil de hasta tres millones de pesos. El 6 de noviembre de 2024, GNP rechazó inicialmente la cobertura al argumentar que el siniestro estaba relacionado con un supuesto abuso de confianza, pues el vehículo había sido entregado al conductor para realizar reparaciones.

Arellano Haro sostuvo que existía una relación de amistad de tres años y que entregó el automóvil de manera voluntaria. Posteriormente presentó una queja ante la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), identificada con el expediente 2025/; el insumo no incluye el número completo ni el desenlace de ese trámite.