El Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito confirmó la sentencia de amparo que considera ilegal bloquear a ciudadanos en redes sociales cuando las cuentas son utilizadas para comunicar actos de gobierno.
La resolución deriva del recurso de revisión RA-353/2022, presentado después de la protección constitucional concedida por el Juez Sexto de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, dentro del juicio 150/2022.
El conflicto comenzó cuando un ciudadano promovió un juicio de amparo tras ser bloqueado en Twitter, ahora X, por la entonces alcaldesa de Cuauhtémoc, Sandra Xantall Cuevas Nieves.
El tribunal determinó que el uso de perfiles digitales para informar sobre la gestión oficial convierte esas cuentas en canales de interés público. Por ello, restringir el acceso a un perfil institucional o personal utilizado para comunicación gubernamental vulnera los derechos de acceso a la información y libertad de expresión, de acuerdo con el criterio referido en la resolución.
La sentencia también validó que las capturas de pantalla incorporadas al expediente son medios idóneos y suficientes para acreditar el bloqueo en plataformas digitales.
La resolución fue emitida bajo la ponencia del magistrado Julio Humberto Hernández Fonseca y establece un criterio aplicable, conforme al insumo, a alcaldes, gobernadores, legisladores y funcionarios de los tres órdenes de gobierno en el país.